La Dirección de Desarrollo Local hace saber a los ciudadanos propietarios de terrenos que a continuación se mencionan, que deberán pasar por la Oficina de Planificación Urbana y Rural, dentro de un lapso de (15) días hábiles, a fines de tratar lo concerniente a limpieza de terreno de su propiedad, establecido en la ordenanza de limpieza de terrenos sin construcción o en situación irregular de abandono, en su artículo tercero, el cual establece: ARTICULO 3: Es obligación de todo propietario, administrador, o poseedor de algún terreno mantenerlo libre de basura, escombros y maleza.